Causa de la DANA: Pradas, investigada por presunto homicidio imprudente; el TSJCV rechazó investigar a Mazón
La jueza de Catarroja investiga por homicidio y lesiones imprudentes a la exconsellera Salomé Pradas y a su número dos por la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024, con 230 muertos. Pidió investigar a Carlos Mazón, pero el TSJCV lo rechazó por unanimidad en marzo de 2026 y lo confirmó en abril.
Hechos
La DANA del 29 de octubre de 2024 dejó 230 víctimas mortales [3]. La jueza de la plaza número 3 del Tribunal de Instancia de Catarroja investiga la gestión de la emergencia por parte de la Generalitat, en especial el retraso en los avisos a la población. Desde marzo de 2025 están investigados por presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el que fue su secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso [7][2].
Estado procesal
El 24 de febrero de 2026 la jueza elevó al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) una exposición razonada contra Carlos Mazón, aforado como diputado autonómico. Apreciaba indicios de “absoluta negligencia en la coordinación y gestión de la emergencia” con “nexo causal” respecto a las muertes [1]. Mazón había dimitido como president el 3 de noviembre de 2025, pero conservó su escaño [6].
El 16 de marzo de 2026 la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, por unanimidad de sus cinco magistrados y en línea con la Fiscalía, rechazó investigarlo. Concluyó que el president no tenía un deber jurídico específico de garantizar la seguridad, porque el mando único de la emergencia correspondía a la conselleria competente, y que su posible intervención en el envío del Es-Alert era “mera conjetura” [2]. El 27 de abril confirmó esa decisión al desestimar los recursos de súplica [3]. La instrucción contra Pradas y Argüeso sigue abierta: el 5 de octubre de 2026 la jueza ordenó incorporar la comparecencia de Pradas en el Congreso [4]. En octubre de 2026, el Supremo estudia si admite una querella del PSPV contra Mazón por falso testimonio en la comisión del Congreso [5]. Todos gozan de la presunción de inocencia.
Lo que dicen las partes
El TSJCV señaló que la conducta de Mazón el día de la DANA puede ser “reprobable” social y políticamente, pero que “no toda conducta discutible tiene encaje en un precepto penal” [2]. Mazón, al dimitir, dijo “ya no puedo más”, reconoció “errores propios”, como no pedir la declaración de emergencia nacional, negó que ninguno respondiera a cálculo político y anunció que mantendría su acta en Les Corts [6]. El TSJCV rechazó que mantener el escaño para conservar el aforamiento fuera un “abuso de derecho” [3]. Varias acusaciones recurrieron sin éxito para que se le investigara [3].
Fuentes
- La magistrada que instruye la causa por la gestión de la Dana eleva exposición razonada al TSJCV contra el expresidente de la Generalitat Carlos Mazón
- El TSJCV rechaza investigar a Carlos Mazón por la dana al no apreciar deber jurídico específico de garantizar la seguridad
- La justicia confirma su decisión de no investigar a Carlos Mazón en la causa de la dana
- La jueza de la dana unirá a la causa la transcripción de la última comparecencia de Pradas en la comisión del Congreso
- El Tribunal Supremo investiga si abrir diligencias contra Mazón por falso testimonio tras una querella del PSPV
- Mazón anuncia su dimisión: "Ya no puedo más"
- La jueza de la DANA cita como investigados a Salomé Pradas y Emilio Argüeso
Última revisión: 19 de octubre de 2026. Editar esta ficha en GitHub o avisar de un error.