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Recursos contra la ley de amnistía: el TC la avaló casi íntegramente y el TJUE, en los aspectos que examinó

El PP votó en contra de la amnistía, la recurrió ante el Tribunal Constitucional y pidió llevarla al TJUE. El TC avaló la ley casi íntegramente en junio de 2025 (STC 137/2025) y el 16 de julio de 2026 el TJUE concluyó que no vulnera el Derecho de la UE en los aspectos que examinó.

Qué se prometió

Feijóo abrió su discurso de investidura rechazando la amnistía: “No voy a defender eso. Tengo principios, límites y palabra” [5]. Tras la investidura de Pedro Sánchez, el PP se comprometió a combatir la ley en el Parlamento, en los tribunales españoles y ante las instituciones europeas.

Qué pasó

La Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía, salió adelante con la mayoría que invistió a Sánchez; el PP votó en contra. El 4 de septiembre de 2024 más de 50 diputados y 50 senadores del PP presentaron un recurso de inconstitucionalidad en el que pedían anular la ley y plantear cuestiones prejudiciales al TJUE [1].

El 26 de junio de 2025 el Tribunal Constitucional, por seis votos a cuatro, estimó solo parcialmente el recurso. Declaró que la Constitución no prohíbe las amnistías, anuló aspectos concretos de su ámbito objetivo y temporal y rechazó elevar consultas al TJUE [1][2]. La sentencia no resolvía casos concretos, como el de Carles Puigdemont, a quien el Supremo no aplicó la amnistía por el delito de malversación [2].

El 16 de julio de 2026 el Tribunal de Justicia de la UE dictó dos sentencias, en respuesta a cuestiones prejudiciales de tribunales españoles, que concluyen que la ley no vulnera el Derecho de la Unión en los aspectos examinados [3][4].

Por qué

Una ley orgánica requiere mayoría absoluta en el Congreso, que el PP no tenía; el veto del Senado puede ser levantado por el Congreso. La vía judicial dependía del criterio de los tribunales, y tanto el TC como el TJUE fallaron en contra de las tesis del PP en lo esencial.

Lo que dicen las partes

Feijóo afirmó que el fallo europeo “no examina su constitucionalidad ni cierra el debate político” y que, con o sin sentencia, el Gobierno “vendió la igualdad de todos los españoles”. El PP sostiene que el TJUE solo resolvió dudas concretas y que los tribunales españoles mantienen margen de decisión; lo describe como “un paso más de un largo proceso judicial” [3][4]. El Gobierno celebró la sentencia como “un éxito rotundo en términos de convivencia”, dio el debate por cerrado y pidió aplicar la amnistía “lo antes posible” [4]. La sentencia del TC salió adelante con el voto de la mayoría progresista; los magistrados conservadores César Tolosa, Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez y Concepción Espejel emitieron votos particulares [2].

Fuentes

  1. Sentencia 137/2025, de 26 de junio. Recurso de inconstitucionalidad 6436-2024Boletín Oficial del Estado, 31 de julio de 2025. Resolución judicial
  2. El Constitucional avala la ley de amnistíaRTVC, 26 de junio de 2025. Prensa
  3. Feijóo relativiza el fallo del TJUE sobre la amnistía: «No examina su constitucionalidad ni cierra el debate político»Moncloa.com, 16 de julio de 2026. Prensa
  4. El PP se aferra a que el TJUE da margen a los tribunales españoles para dilatar la amnistía a PuigdemontEl Independiente, 17 de julio de 2026. Prensa
  5. Discurso de investidura de Alberto Núñez FeijóoPartido Popular, 26 de septiembre de 2023. Partido

Última revisión: 19 de octubre de 2026. Editar esta ficha en GitHub o avisar de un error.